INSTALACIÓN DE COLUMNA SECA CONTRA INCENDIOS

 En Contraincendios Tartessos

El nuevo Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, introduce cambios en la instalación de la columna seca. De hecho, la nueva normativa del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) define nuevas características para los espacios que precisan columna seca, así como especificaciones de las bocas de salida a pisos (señaladas con detalle en el gráfico) y distancias exigidas.

CRITERIOS GENERALES DE INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

a) La instalación de Columna Seca es para uso exclusivo del Servicio de Extinción de Incendios y estará formada por una Conducción normalmente vacía, que partiendo de la fachada del edificio discurre generalmente por la caja de la escalera y está provista de bocas de salida en pisos y de toma de alimentación en la fachada para conexión de los equipos del Servicio de Extinción de Incendios, que es el que proporciona a la conducción la presión y el caudal de agua necesarios para la extinción del incendio.

b) La tubería será de acero galvanizado y tendrá un diámetro nominal de 80 mm, cualquiera que sea el número de plantas del edificio.

c) Cada Columna Seca llevará su propia toma de alimentación y ésta estará provista de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores tipo UNE 23-400-80, de 70 mm., de diámetro y con tapas sujetas con cadenas.

La toma de alimentación tendrá una llave de purga, con diámetro mínimo de 25 mm. para vaciado de la columna una vez utilizada. Estará alojada en una hornacina de 55 cm. de ancho, 40 cm., de alto y 30 cm., de profundidad, provista de tapa metálica pintada de blanco con la inscripción «USO EXCLUSIVO BOMBEROS» en letra roja. La tapa dispondrá de cierre de simple resbalón para llave de cuadradillo de 8 mm, y bisagras en su parte inferior que permitan su total abatimiento.

Toma de alimentación en fachadas
Se dispondrá en la fachada, con el centro de sus bocas a 90 cm del suelo, en lugares accesibles al Servicio de Extinción de Incendios
y lo más próximo posible a la columna. Caso de no estar situadas junto al acceso principal del edificio, en el mismo se señalizará su
situación.

d) Las bocas de salida en pisos estarán provistas de conexión siamesa con llaves incorporadas y racores tipo UNE 23-400-80, de 45 mm., de diámetro con tapas sujetas con cadenas.

Estarán alojadas en hornacinas de 55 cm., de ancho, 35 cm., de alto y 30 cm, de profundidad, provistas de tapa de cristal con la inscripción «USO EXCLUSIVO BOMBEROS» en letra roja.

Se dispondrán en las plantas pares, hasta la octava, y en todas a partir de ésta, situándose en el embarque de la escalera y con el centro de sus bocas a 90 cm del suelo.

Boca de salida en piso
e) Cada cuatro plantas se dispondrá una llave de seccionamiento situada por encima de la conexión siamesa de la boca de salida correspondiente y aloja da en su misma hornacina.

En este caso la hornacina tendrá las mismas características descritas y las siguientes dimensiones: 55 cm., de ancho, 60 cm., de alto y
30 cm., de profundidad.

Boca de salida en piso con llave de seccionamiento
f) Todas las llaves de la instalación serán modelo de bola, con palanca incorporada.

g) La instalación de Columna Seca se someterá antes de su recepción a una presión de 20 kg/cm2 (196 KPa), durante dos horas, sin que aparezcan fugas en ningún punto de la instalación.

Todos los edificios de altura superior a 28 m., y situados en ciudades que dispongan de Servicio de Extinción de Incendios a una distancia no superior a los 15 km o 20 minutos de recorrido, dispondrán de instalación de Columna Seca en cada caja de escalera.

En los demás casos se instalarán Bocas de Incendio de tipo 25mm., conectadas a la red general de abastecimiento de agua del edificio.

Las bocas de las columnas secas y sus tomas de alimentación se inspeccionarán cada año o después de haber sido utilizadas, comprobando que la tapa exterior y las llaves de la conexión siamesa están cerradas, que las tapas de los racores están colocadas, que las juntas de los racores están en buen estado y que las llaves de sección, cuando existan, están abiertas.

CUÁNDO ES OBLIGATORIO COLOCAR UNA COLUMNA SECA SEGÚN EL RIPCI

Existe obligación de colocar una columna seca en las siguientes situaciones:

  • Todos los edificios cuya altura de evacuación sea superior a 24 metros.
  • En hospitales cuya altura de evacuación sea mayor de 15 metros.
  • En garajes o aparcamientos con más de tres plantas bajo rasante o con más de cuatro por encima de la rasante, siendo necesario colocar tomas en todas sus plantas.
  • Establecimientos industriales con riesgo intrínseco medio o alto y altura de evacuación mayor de 15 metros.

DISTANCIAS DE COLOCACIÓN DE LA COLUMNA SECA

  • La columna seca deberá estar localizada a 60 metros máximo desde el punto más alejado.
  • Siguiendo los recorridos de evacuación, nunca habrá una distancia superior a 120 metros entre columnas.
  • La toma y las salidas en plantas de las columnas secas tendrán el centro de sus bocas a 90 centímetros del suelo.

Instalación columna seca

Fuente: https://blog.prodeincendio.com

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